Autor

SOFIA MARIASCH

Sueldos   Area
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SOFIA MARIASCH

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¡Chau Papel y Trámites Presenciales! CABA Digitaliza la Rúbrica Laboral (Hasta 49 empleados)

Simplificá la gestión: La Disposición 1717-2025 extiende la digitalización plena y agiliza el cumplimiento normativo a través de TAD.

La Dirección General de Relaciones del Trabajo de CABA dio un paso clave para agilizar la administración de la documentación laboral, extendiendo la modalidad de rúbrica 100% digital a más empleadores.

La nueva Disposición 1717-2025 amplía la obligatoriedad de utilizar la plataforma Trámites a Distancia (TAD) e impulsa la digitalización plena del proceso documental bajo la ventanilla única del GCABA.

¿Cuál es la gran novedad?

La rúbrica de la documentación laboral para el universo alcanzado debe realizarse de forma obligatoria y exclusiva vía la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Esto tiene una consecuencia directa y beneficiosa: se elimina por completo el procedimiento de rúbrica presencial.

¿A quiénes alcanza la obligación?

La exigencia, que antes se limitaba a empleadores con hasta 9 trabajadores , se extiende ahora a PyMEs y empleadores con una dotación de personal de hasta 49 trabajadores.

Fechas y Trámite:

Trámite 100% Digital: El proceso se gestiona íntegramente a través de TAD , bajo la denominación "Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PYMES y empleadores con cuarenta y nueve (49) trabajadores o menos".

Plazo Límite de Adecuación: La fecha máxima para adaptarse a esta modalidad es el 2 de enero de 2026.

Período Aplicable: La obligación aplica al libro correspondiente al período de diciembre de 2025.

¿Qué se amplía con la nueva Disposición 1717-2025?

Si bien la rúbrica de documentación laboral vía TAD ya era obligatoria para los empleadores con dotación de personal de hasta nueve (9) trabajadores (en el marco de la Resolución 803-SECTE/24 ), la nueva Disposición 1717-2025 impulsa un cambio fundamental: amplía esta obligatoriedad a un universo mucho mayor de empresas.

La exigencia de utilizar exclusivamente TAD para la rúbrica laboral se extiende ahora a PyMEs y empleadores que posean hasta cuarenta y nueve (49) trabajadores/as. Esto significa que todos los empleadores con dotación de personal de 1 a 49 empleados deberán utilizar esta vía digital.

El plazo límite para que este nuevo universo de empleadores se adecúe es el 2 de enero de 2026 , y esta obligación es aplicable al libro correspondiente al período de diciembre de 2025.

Con esta medida, se agilizan los trámites y se reduce la carga administrativa para el empleador.

https://drive.google.com/drive/folders/1hyN66PPV227wBuS_PJJ6CS9RUkySbb8O?usp=drive_link

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